La Elección del Consejo Constitucional 2023 es el proceso democrático que se llevará a cabo el domingo 7 de mayo para elegir a 50 ciudadanas y ciudadanos que integrarán el órgano encargado de discutir y aprobar una propuesta de texto de Nueva Constitución.
Este proceso democrático cuenta con voto obligatorio, por lo que deben sufragar todas las personas habilitadas para ello de acuerdo al padrón electoral definitivo en Chile que fue publicado en marzo de 2023.
El elector que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 UTM.
No incurrirá en esta sanción el elector que haya dejado de cumplir su obligación por:
Las personas con discapacidad pueden hacer uso de su derecho al voto asistido, para lo que pueden ir acompañadas de una persona mayor de 18 años de su confianza, o solicitar asistencia al presidente de la mesa
El presidente de la mesa debe esperar fuera de la cámara secreta para doblar y cerrar el voto con el sello adhesivo que entregan cuando pasan la papeleta.
En todos los casos quedará constancia del nombre del elector que utiliza el voto asistido y de quien lo asiste en el acta de mesa.
Si la persona no puede ingresar a la cámara secreta por usar camilla, silla de ruedas u otro motivo, estarán autorizados para sufragar fuera de ella. En este caso, la mesa deberá adoptar las medidas necesarias para mantener el secreto del voto.
Las personas ciegas o con discapacidad visual, podrán solicitar al presidente de la mesa la plantilla de votación con ranuras o la plantilla con ranura y sistema Braille. Estas plantillas existirán en cada local de votación y podrán ser solicitadas al delegado del local. Además, también pueden optar al voto asistido.
Las personas sordas y personas con discapacidad auditiva pueden expresar, a través de la lengua de señas chilena o por escrito, que desean hacer uso del voto asistido.
Además, se debe permitir el ingreso de perros de asistencia, los que pueden acompañar a sus dueños durante todo el proceso.
Los electores identificados bajo la condición indígena podrán optar por sufragar por las candidaturas de la circunscripción nacional de pueblos indígenas o por los candidatos generales de su respectiva circunscripción senatorial, solicitando una u otra cédula de votación en la mesa receptora de sufragios.
IMPORTANTE: En ningún caso se podrá sufragar en ambas cédulas de votación.
La cédula electoral de las candidaturas de pueblos indígenas contendrá las dos candidaturas ordenadas alfabéticamente, señalando al lado del nombre del candidato el pueblo originario correspondiente.
La norma considera feriado obligatorio e irrenunciable durante la jornada electoral para trabajadores del comercio que desempeñan sus funciones en malls, strip centers u otros centros comerciales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.
La Dirección del Trabajo fiscalizará el otorgamiento del feriado obligatorio e irrenunciable en estos casos. Las sanciones serán de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción (entre $189.222 y $3.784.440*, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande).
*Según valor UTM a mayo
El feriado de la Elección del Consejo Constitucional 2023 comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 6 de mayo y terminará a las 06:00 horas del lunes 8 de mayo.
Quedan exceptuados de la norma quienes laboran en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros o farmacias de urgencia.
Por ley, los trabajadores y trabajadoras que deban trabajar el 7 de mayo tienen derecho a que los empleadores les otorguen un permiso de al menos dos horas para sufragar.
Esto será fiscalizado por la Dirección del Trabajo y las sanciones serán de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción (entre $189.222 y $3.784.440*, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande).
*Según valor UTM a mayo
También la DT fiscalizará el otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral
Las multas aplicables son las mismas del caso anterior. Los permisos correspondientes deben otorgarse sin descuentos en las remuneraciones.
Si tienes denuncias, estas serán recibidas desde el 6 de mayo en el sitio web de la Dirección del Trabajo y en el número 600 450 4000 de la Dirección del Trabajo, entre las 9:00 y las 15:00 horas del 7 de mayo.
El día de la elección del Consejo Constitucional 2023, las recomendaciones sanitarias son:
Sólo las personas con síntomas respiratorios deben usar mascarilla.
Los síntomas respiratorios son cualquiera de los siguientes:
Por otra parte, si cualquier persona desea usar mascarilla, independiente de la presencia de síntomas, debe permitírsele.
Las personas con diagnóstico de COVID-19 deben mantenerse en sus casas y no concurrir a votar.
Más de 39 mil carabineros a nivel nacional estarán destinados a resguardar y entregar seguridad durante toda la jornada en que se desarrolle el proceso democrático.
Resguardar la jornada eleccionaria y garantizar la tranquilidad en todos los locales de votación para los 15 millones de ciudadanas y ciudadanos habilitados para emitir su voto.
Para identificar al elector, se aceptarán las cédulas de identidad o pasaportes vencidos a contar del 1 de enero de 2020. Esta validez será aplicable a la Elección de Consejeros Constitucionales y el Plebiscito de diciembre próximo.
Esto permitirá que aquellos electores y electoras que no han podido renovar su cédula de identidad o pasaporte puedan acudir a las urnas sin ningún problema. Esta vigencia será válida para la elección del 7 de mayo y también para el plebiscito de diciembre.
Solo la cédula de identidad y el pasaporte son documentos válidos para votar, ningún otro documento. Tampoco el certificado de cédula de identidad en trámite, ni la licencia de conducir.
Todos los cambios realizados antes del 27 de enero, fecha en que se cerró el Registro Electoral, se verán reflejados en el padrón de cada mesa de sufragio.
Si la apariencia física de una persona no coincide con la de la imagen de su documento de identidad, o si el nombre de su cédula es diferente al que figura en el padrón de mesa, en cada local de votación habrá un experto de identificación del Registro Civil e Identificación que cotejará la identidad del elector.
Esta misma gestión deberá hacerse en aquellos casos de cambios realizados después del 27 de enero.
En ese caso el elector puede usar su pasaporte, si tampoco lo tuviese no podrá sufragar. Igualmente deberá dejar constancia de la pérdida o extravío en Carabineros o en el sitio web del Registro Civil e Identificación con el fin de acreditarlo, a futuro, cuando sea citado por el Juzgado de Policía Local por no haber sufragado, dado que el voto en esta elección es obligatorio.
Volver